COI permitirá participación de deportistas trans, pero según su sexo biológico desde Los Ángeles 2028.

El Comité Olímpico Internacional (COI) aclaró su nueva normativa sobre la participación de deportistas transgénero en los Juegos Olímpicos, estableciendo que podrán competir siempre que cumplan los criterios de clasificación, pero deberán hacerlo en la categoría correspondiente a su sexo biológico.

La medida, que entrará en vigor a partir de los Juegos Olímpicos de Los Ángeles 2028, busca —según el organismo— garantizar la equidad en la competición, especialmente en la categoría femenina. El COI insiste en que esta decisión no supone una exclusión de los atletas trans, sino una regulación basada en criterios científicos actualizados.

De acuerdo con el organismo, los deportistas biológicamente masculinos que logren clasificarse solo podrán participar en pruebas masculinas. En el caso de la categoría femenina, será obligatorio cumplir con un requisito de elegibilidad basado en la ausencia del gen SRY, un marcador genético asociado al desarrollo masculino.

La prueba para detectar este gen será sencilla, no invasiva y se realizará una única vez en la vida, mediante métodos como un hisopo bucal. Según el COI, este test ofrece una precisión superior al 99 %, lo que lo convierte en un criterio “excepcionalmente riguroso”.

No obstante, el organismo contempla excepciones en casos poco frecuentes, como ciertas condiciones genéticas —entre ellas el síndrome de insensibilidad androgénica— que podrían permitir a algunas atletas competir en la categoría femenina pese a la presencia del gen SRY. En estos casos, se requerirán evaluaciones médicas adicionales.

El COI también señaló que las federaciones internacionales podrán solicitar excepciones en deportes donde el sexo no represente una ventaja competitiva significativa, como ocurre en la hípica.

Respecto a quienes decidan no someterse a las pruebas, el organismo aclaró que podrán hacerlo libremente, aunque no podrán competir en la categoría femenina si no acreditan su elegibilidad. Asimismo, los menores de edad podrán realizar estas pruebas con autorización de sus tutores, y será un requisito obligatorio en los Juegos Olímpicos de la Juventud a partir de 2030.

La decisión no tendrá carácter retroactivo, por lo que no afectará a resultados anteriores, incluyendo casos como el torneo de boxeo de París 2024, cuyos participantes cumplieron con las normativas vigentes en ese momento.

El COI explicó que esta actualización responde a avances científicos recientes y a la necesidad de adaptar sus políticas para proteger la equidad y la seguridad en el deporte, especialmente en disciplinas de contacto.

Desde el año 2000, los criterios de elegibilidad en el ámbito olímpico han evolucionado en múltiples ocasiones, reflejando los cambios en el conocimiento científico y en el debate global sobre la inclusión y la justicia competitiva.

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